WEYSLAB | Laboratorio Clínico y Consultorio Médico » Noticias » HASTA CON S/. 7,200 MULTARÁN A ESTABLECIMIENTOS QUE MANTENGAN ÁREAS DE FUMADORES
La sanción para los establecimientos públicos que mantengan las áreas de fumadores en el distrito de Lurigancho Chosica asciende a S/. 7,200, de acuerdo a lo dispuesto por este municipio con la finalidad de proteger la salud de las personas y en concordancia con la nueva normativa desarrollada por el Ministerio de Salud (Minsa) contra este nocivo vicio.
De acuerdo a la Ordenanza Nº 157, del 23 de junio, Lurigancho Chosica también multará hasta con el 400% de una UIT (S/.3600), es decir con S/. 14,400 a las personas naturales que comercialicen o distribuyan gratuitamente productos de tabaco. En caso de reincidencia la sanción será el doble de la multa impuesta.
Al respecto autoridades del Minsa, felicitaron dicha iniciativa, la misma que ha sido replicada en San Miguel, distrito que ha dispuesto sanciones drásticas para quienes incumplan con su ordenanza antitabaco como propietarios, representantes legales, administradores de establecimientos públicos y privados; así como los encargados de medios de transporte.
Así, el municipio de San Miguel sancionará económicamente con una UIT a quienes vendan productos de tabaco a menores de 18 años sea para su consumo personal o para terceros. De igual forma dispone la misma multa para quienes promuevan que menores de edad vendan estos productos.
Más Municipios
Hasta el momento nueve municipio distritales de Lima y dos provinciales han aprobado y publicado sus ordenanzas municipales para prevenir, controlar y sancionar el consumo de tabaco, en el marco de la Ley 29517, que promueve ambientes libres de humo de tabaco
Estos municipios provinciales son Callao y Huaral y los municipios distritales son Miraflores, San Luis, San Borja, Lurigancho Chosica, San Juan de Miraflores, Jesús María, San Miguel, Pueblo Libre y Villa María del Triunfo.
Las autoridades de estos distritos han establecido medidas de protección, control y sanción contra el consumo de productos de tabaco y la exposición al humo, así como fomentan una cultura de prevención.
Las normas municipales detallan que aquellas personas que se sientan afectadas por el humo de tabaco deben comunicarlos al responsable del establecimiento público y de no hallar una respuesta se podrá denunciar a la policía municipal.
Lugares
Los espacios interiores de los locales públicos como restaurantes, cafés, bares, hoteles, casinos y tragamonedas, así como en los centros de trabajo está prohibido fumar dentro de perímetro eso incluye estacionamientos, jardines exteriores e interiores, puertas de escape, pasadizos o corredores, ascensores, tragaluz, vestíbulos, cafeterías, servicios higiénicos y techos.
De igual forma en medios de transporte público individual o masivo de empresas públicas o privadas. De igual forma en centros comerciales y de esparcimientos, mercados, estadios y coliseos. Todos estos establecimientos deben señalizar los lugares de acuerdo a la Ley 29517.
Deja una respuesta